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Resolución de becas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo.

18-04-2023

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la mencionada Secretaria de Estado en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (comienza el 18 de abril y finaliza el 17 de mayo de 2023). Dicho recurso debe presentarse en registro oficial o en oficina de Correos en sobre abierto, como correo administrativo y se dirigirá al órgano que tramitó la solicitud de beca, es decir a esta Delegación Provincial- Unidad de Becas, para ello podrá utilizar el modelo adjunto o descargarlo en la siguiente dirección:

Asimismo, la resolución definitiva podrá ser impugnada ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en los artículos 11.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio.

Adjuntamos un archivo con indicaciones aclaratorias para la interposición del Recurso de Reposición.

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